Lo que debe saber sobre el nuevo protocolo para protestas
2021-01-09
El Gobierno expidió el decreto con el protocolo de acciones para garantizar el buen uso de la fuerza legítima del Estado y el derecho a la protesta pacífica.
Aquí le contamos todo lo que debe saber sobre este estatuto de marchas y protestas en el país.
La Policía puede usar o portar armas de fuego?
No. Los miembros de la Policía deberán estar ubicados de manera que su actuación pueda hacerse de forma oportuna, sin que esto interfiera en el desarrollo del ejercicio a manifestarse pública y pacíficamente. Deben estar dotados de los elementos dispuestos para el servicio entre estos casco y escudo, no podrán portar ni usar armas de fuego.
Primero es el diálogo o el uso de la fuerza?
Se debe privilegiar el diálogo y la mediación en el desarrollo de las manifestaciones públicas. Esa primera etapa se desarrollará mediante la conformación de equipos de
diálogo que actuarán antes y durante el curso de las manifestaciones y protestas
pacíficas. El uso de la fuerza será el último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas.
Dentro de las acciones previas a las manifestaciones, como primera acción, se deberá realizar labores de diálogo, interlocución y reconocimiento de las personas convocantes a movilizaciones de carácter nacional, regional y local.
La Policía debe avisar el uso de la fuerza?
Las autoridades de gobierno y de Policía deberán dar aviso previo del uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional frente a actos de violencia, a las personas que están presentes en los lugares de las manifestaciones públicas, excepto en caso de inminente infracción penal o policiva, donde el policial debe actuar con base en el mandato constitucional, legal o reglamentario.
Se debe avisar la realización de una jornada de protesta?
Los organizadores o movimientos sociales convocantes de una protesta o movilización, avisarán a la alcaldía de la jurisdicción la fecha, hora y sitio del lugar en donde se va a ejercer el derecho a la manifestación pública y pacífica, y el posible recorrido. Este aviso también podrá contener medios de contacto efectivos con
los convocantes a la protesta, como correos electrónicos y número de teléfono.
Además, el alcalde distrital o municipal podrá sugerir a los organizaciones o movimientos, recorridos o puntos de encuentro alternativos, en aquellos eventos de fuerza mayor o condiciones excepcionales debidamente motivados.
No obstante, el aviso no es una condición para el ejercicio de la protesta. Cuando las manifestaciones sean espontáneas no es necesario el aviso previo sobre el lugar o recorrido.
Quién es la primera autoridad de la Policía?
El gobernador y el alcalde son las primeras autoridades de policía en el departamento y el municipio respectivamente, la Policía cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que estas le impartan por conducto del respectivo comandante o quien haga sus veces, sin perjuicio del mando operativo que recae en los Comandantes de Metropolitana, Departamento y Estación de Policía, así como la obligación de intervenir frente a los casos de policía.
Qué pasa con el Esmad?
La intervención del Escuadrón Móvil Antidisturbios - Esmad- será entendida como la última instancia y el último recurso para controlar los actos de violencia que cometan personas o focos específicos dentro de una manifestación pacífica.
Cuando se requiera cualquier participación del Esmad en eventos públicos, ese organismo de manera antelada, deberá poner a disposición del Defensor del pueblo el listado de los comandantes o jefes de unidad del personal asignado para el servicio requerido e igualmente la Policía Nacional deberá designar un oficial superior común que sirva de enlace entre los agentes y el Defensor del Pueblo.
Una vez los miembros del Esmad retomen el control de la situación y se ordene su retiro del lugar, siempre y cuando se haya hecho uso de la fuerza, deberán presentar un informe dirigido a sus superiores.
Qué pasa si la Policía hace uso de armas letales o menos letales que hayan causado daños a la vida o integridad personal de las personas?
El Alcalde o el Gobernador, según sea el caso, estarán en la obligación de rendir en el menor tiempo posible y en un plazo que no supere los tres meses, una explicación pública satisfactoria, a través de los medios de comunicación y las redes sociales institucionales, sobre las actuaciones administrativas adelantadas por el Gobernador y el Alcalde, y sobre las actuaciones de policía relacionadas con el uso de la fuerza, cuando se tenga conocimiento de que miembros de la Policía Nacional hicieron uso de armas letales o menos letales que hayan causado daños a la vida o integridad personal de las personas en el marco de las manifestaciones públicas; así como las investigaciones penales y disciplinarias iniciadas, su estado y las autoridades que actualmente conocen sobre las mismas. Todo esto de acuerdo con la información oficial generada por las autoridades competentes.
Cómo se supervisará la manifestación?
Previo a la realización de la manifestación pública y pacífica, el departamento, distrito o municipio activará un Puesto de Mando Unificado - PMU-, considerado como una instancia de coordinación interinstitucional que tiene como objetivo articular, supervisar, tomar las acciones que considere necesarias para la garantía de los derechos ciudadanos tanto de aquellos que realizan manifestaciones pacíficas como de aquellos que no participan de ella, deberá permanecer en el antes, durante y después de la manifestación.
Además, habrá una Mesa Nacional de Evaluación de las Garantías para las manifestaciones públicas.
Asimismo, las Comisiones de Verificación están conformadas por organizaciones de derechos humanos o demás organizaciones que propendan por la promoción y protección de los derechos humanos en la manifestación pública y pacífica.
Tomado del Diario El Tiempo